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INSTITUTO DE LOS ANDES

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO - 04

CAPÍTULO 6  - DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR. INSTITUTO DE LOS ANDES
Por: Jaime Ariansen Céspedes - jaimeariansen@hotmail.com
36. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR.
01 - Observar con rigor el aseo e higiene personal para la mejor presentación. El trabajador concurrirá diariamente al trabajo debidamente afeitado y con el cabello corto, llevando adecuadamente las prendas de vestir y los zapatos lustrados. Las trabajadoras concurrirán diariamente con el cabello recogido, con un maquillaje muy discreto, llevando adecuadamente las prendas de vestir y los zapatos apropiados para la labor que desarrolle.
02 - Tener su carné de sanidad al día, someterse a examen médico periódico, así como cada vez que la empresa lo determine.
03 - Obrar con espíritu de colaboración, voluntad y honradez.
04 - Cuidar la integridad de todos y cada uno de los equipos, herramientas, aparatos y demás objetos o enseres del centro de trabajo, y en particular de los que para el desempeño de sus labores le hubieran sido encomendados o entregados, de los que se responsabilizará al trabajador.
05 - Observar rigurosamente las medidas y precauciones de seguridad para el manejo de las máquinas, instrumentos, equipos y herramientas de trabajo.
06 - Respetar todas las disposiciones que dicte la empresa sobre la protección de las instalaciones, equipos, muebles y en general de todos los bienes de la empresa.
07 - Cumplir estrictamente con la puntualidad y la asistencia diaria al trabajo, debiendo dar aviso por cualquier medio a la empresa en caso de inasistencia por causas de fuerza mayor.
08 - Informar sobre la actividad diaria en el puesto y la sección, así como sobre las ocurrencias y necesidades del servicio.
09 - Cumplir estrictamente los horarios, roles y turnos de trabajo.
10 - Mostrar los paquetes y maletines que porten para ser inspeccionados al momento de entrar y salir del centro de trabajo.
37. PROHIBICIONES DEL TRABAJADOR.
01 - Faltar al centro de trabajo sin causa justificada.
02 - Dejar de marcar la tarjeta de registro de asistencia.
03 - Marcar la tarjeta de otro trabajador.
04 - Ausentarse del puesto de trabajo sin la debida autorización de su jefe o superiores.
05 - Manejar u operar equipos, máquinas o vehículos que no le hayan sido asignados o para los  que no tiene autorización.
06 - Disminuir intencionalmente el ritmo de trabajo o suspenderlo.
07 - Amenazar o agredir en cualquier forma a sus superiores, compañeros de trabajo o a terceros.
08 - Ingresar o salir del centro de trabajo con paquetes, maletines, etc., sin estar expresamente autorizado para ello.
09 - Dormir durante la jornada de trabajo.
10 - Presentarse al centro de trabajo en estado de embriaguez o drogado; o ingerir bebidas alcohólicas o drogas en el centro de trabajo.
11 - Faltar de palabra u obra al personal de seguridad.
12 - Conducir en los vehículos de la empresa a personas ajenas a la misma, o a los trabajadores fuera de hora de labores.
13 - Fumar en el centro de trabajo, salvo en los lugares autorizados para poder hacerlo.
14 - Hacer colectivos, rifas o suscripciones en el centro de trabajo sin la autorización de la empresa.
15 - Realizar actividades de carácter mercantil en el centro de trabajo.
16 - Portar armas en el centro de trabajo, con excepción del personal de vigilancia, guardias o demás personas que tengan bajo su responsabilidad la seguridad, conducción y manejo de dinero y valores pertenecientes a la empresa, así como de las que estuvieran autorizadas por la dirección de la empresa.
17 - Sustraer insumos, herramientas, materiales u otros objetos de propiedad de los clientes.
18 - Ingresar a zonas autorizadas únicamente para el personal que opera en ellas.
19 - Colocar inscripciones fuera de las pizarras o afiches instalados para este efecto.
20 - Leer periódicos, revistas, etc., dentro del horario de trabajo, con excepción de aquel tipo de lectura que se encuentre autorizada, en razón de la función que cumple el servidor de la empresa, siempre y cuando no descuide la labor que tiene a su cargo.
21 - Adoptar actitudes obscenas, manifestaciones y expresiones reñidas con el recato y las buenas costumbres.
22 - Hablar en voz alta, gritar, silbar y en general hacer bulla y ruido.
23 - Utilizar o disponer de los bienes del centro de trabajo en beneficio propio o de terceros, salvo autorización escrita de la Empleadora.
24 - Publicar escritos o artículos referentes al funcionamiento del centro de trabajo, salvo autorización de la empresa.
25 - Distribuir o hacer circular cualquier clase de publicaciones, revistas, folletos, programas, periódicos.
26 - Promover, auspiciar y efectuar panderos o colectas recabando firmas, salvo expresa autorización de la empresa.
27 - Correr o hacer circular lista de adherentes y suscripciones, cualquiera que fuera el fin, salvo autorización de la empresa.
28 - Utilizar los servicios, áreas o ambientes destinados a los clientes (sanitarios, ascensores, cabinas, salones, comedores, etc.).
29 - Usar el teléfono de la empresa para asuntos personales y ajenos al servicio.
30 - Permanecer en el centro de trabajo y en especial en las áreas y ambientes destinados a clientes, fuera de la jornada de trabajo, salvo autorización de la empresa.
31 - Tomar para sí o apoderarse de bienes en compensación por el servicio que preste el trabajador, que no estén establecidos en los usos y costumbres de la empresa.
32 - Sustituirse en el cumplimiento de las obligaciones de trabajo por otro trabajador.
33 - Hacer propaganda y hacer de intermedio, agente y comisionista a favor de terceros.
34 - Permitir el ingreso de personas extrañas o de una dudosa apariencia.
35 - Efectuar durante la jornada de trabajo labores y trabajos particulares, para sí o para terceros.
36 - Introducir en el centro de trabajo radio-transistores y similares.
37 - Hacer inscripciones en las paredes, puertas, ventanas, muebles y en general en cualquier superficie.
38 - Escupir en el piso o cualquier depósito, recinto o lugar que no sea destinado para ello.
39 - Fomentar durante la jornada de trabajo conversaciones discusiones o reuniones de servidores, intervenir en los mismos y distraer la atención de los compañeros de trabajo en el cumplimiento de sus obligaciones laborales.
40 - Dar la dirección del centro de trabajo para cobranza y otros requerimientos al trabajador por terceros, incluso citas con éstos y con familiares.
41 - Comprometer el buen nombre y prestigio del centro de trabajo, con motivos de deudas u otras obligaciones contraídas por el trabajador.
42 - Dejar desperdicios, basura en el puesto de trabajo, así como materiales, equipos, aparatos, enseres y herramientas de trabajo en sitios o lugares distintos de los que les corresponde.
43 - Ingresar al centro de trabajo o salir del mismo por las puertas destinadas a los clientes.
44 - Negarse a firmar el cargo de recepción de cualquier comunicación dirigida por la empresa al trabajador.

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